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LA AFIC INFORMA DE NUEVAS AYUDAS
FEB 2021

Medidas extraordinarias dirigidas a trabajadores y trabajadoras, empresas y trabajadores y trabajadoras autónomas, para paliar los efectos de la crisis derivada dela pandemia por la Covid-19.

La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, ha publicado el DECRETO LEY 2/2021, de 29 de enero, del Consell, de medidas extraordinarias dirigidas a trabajadores y trabajadoras, empresas y trabajadores y trabajadoras autónomas,
para paliar los efectos de la crisis derivada de la pandemia por la Covid-19 (DOGV nº 9008 de 29/01/2021).

Este decreto ley tiene por objeto la aprobación de medidas extraordinarias para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (Covid-19) en la Comunitat Valenciana, mediante el establecimiento de distintos tipos de ayudas a empresas, personas trabajadoras autónomas y personas trabajadoras cuya sede social, establecimiento o sucursal de producción o de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunitat Valenciana.

Se establecen tres modalidades de ayuda:
1. Ayudas directas destinadas a las empresas y personas trabajadoras autónomas, comprendidas en los CNAE relacionados en el anexo.
2. Ayuda directa para las personas trabajadoras autónomas afectadas por la pandemia con la condición de que sean beneficiarias de las prestaciones extraordinarias Covid-19 de la Seguridad Social.
3. Ayuda directa a personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE), derivados de la Covid-19 durante el periodo y condiciones que determinen las bases reguladoras.

Las bases reguladoras y la convocatoria de las distintas modalidades de ayudas se establecerán a través de decretos del Consell que serán tramitado por el procedimiento de urgencia.

Decreto Ley 2/2021

Así mismo, se ha publicado el DECRETO 18/2021, de 29 de enero, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y concesión directa de ayudas para trabajadores y trabajadoras afectados por un ERTE derivado de la crisis sanitaria por la Covid-19 (DOGV nº 9009 de 01/02/2021).

Serán beneficiarias las personas físicas que reúnan los siguientes
requisitos:
a) Tener la condición de trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena. Se considerará que ostentan dicha condición las personas que se encuentran incluidas dentro del ámbito de aplicación del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

b) Que el código de cuenta de cotización a la Seguridad Social del centro de trabajo donde presten sus servicios corresponda al código de una provincia en la Comunitat Valenciana.
c) Que sean perceptoras de prestación por desempleo debido a la suspensión temporal del contrato de trabajo, de forma total, como consecuencia de un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o de fuerza mayor derivadas de la Covid-19.

La cuantía de la ayuda ascenderá a:
a) Un máximo de 300,00 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptoras de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid-19 en los meses de enero y febrero del 2021.
b) Un máximo de 150,00 euros por persona beneficiaria en el caso de que hayan sido perceptores de prestación por desempleo asociada a ERTE Covid-19 durante el mes de enero o durante el mes de febrero de 2021.

IMPORTANTE!!!!

El procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites.

Decreto 18/2021

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